Sustento Legal
De acuerdo a la ley de Profesiones, capítulo VII. artículo 53 se entiende por servicio social, el trabajo de carácter temporal,
obligatorio y gratuito, como un forma de retribución y beneficio a la sociedad, ejecutan y prestan los profesionales de los
niveles medio superior y superior sin ninguna contrapartida económica y que sirve además para consolidar su formación académica,
dicha práctica para nivel superior se conforma por un total de 480 hrs. distribuidas en un periodo no menor de 6 meses.