Sustento Legal

De acuerdo a la ley de Profesiones, capítulo VII. artículo 53 se entiende por servicio social, el trabajo de carácter temporal, obligatorio y gratuito, como un forma de retribución y beneficio a la sociedad, ejecutan y prestan los profesionales de los niveles medio superior y superior sin ninguna contrapartida económica y que sirve además para consolidar su formación académica, dicha práctica para nivel superior se conforma por un total de 480 hrs. distribuidas en un periodo no menor de 6 meses.